Suscribir un seguro de vida es un acto habitual que tiene como misión proteger a nuestro círculo próximo. Es una póliza que podemos contratar hasta una edad máxima, entre 65 y 70 años, y que, a nuestro fallecimiento, reparte un capital entre los beneficiarios. Pero, ¿quién cobra un seguro de vida? Las respuestas que proporcionamos aquí son tanto válidas para este tipo de seguros como para el de accidentes.
Así funciona un seguro de vida.
La contratación de un seguro de vida, individual o familiar, permitirá a las personas que hemos asignado tener cierta solvencia económica a nuestro fallecimiento. Un seguro de vida puede ser contratado por cualquier persona siempre y cuando cumpla una serie de requisitos, como el de no tener una enfermedad grave en el momento de su contratación. El pago de la prima viene determinado por nuestra edad y va aumentando a medida que cumplimos años. Por eso, una persona joven pagará una cuota mensual menor que otra que ya tenga cierta edad. El importe de la cuota también viene determinado por el capital que hayamos asegurado, es decir, el dinero que recibirán los beneficiarios en el momento de nuestro fallecimiento.
¿Quién cobra un seguro de vida?
En el momento que contratamos el seguro, somos nosotros los que hemos de designar beneficiarios, pudiendo recaer sobre una o sobre varias personas. No es necesario que exista relación de parentesco con nosotros para que alguien pueda recibir el importe del seguro de vida. De la misma manera, durante el periodo de vigencia de tu contrato de seguro, puedes cambiar los beneficiarios las veces que desees. Así, llegado el momento del fallecimiento del tomador del seguro, las personas designadas por este serán las que dispongan del capital que se contrató en su momento.
Aquí conviene hacer una diferenciación entre dos figuras, la del tomador del seguro y el asegurado, que no tienen por qué ser las mismas. El asegurado es aquella persona que figura en el contrato y quién es objeto del seguro, mientras que el tomador es la persona que asume las obligaciones del pago de las cuotas. Por tanto, aunque suele ser la misma persona, no tiene por qué.
No hay beneficiarios designados, ¿quién lo cobra?
En este caso, si asegurado y tomador del seguro son personas diferentes, el capital recae sobre el tomador. Si son la misma persona, como es habitual, el capital se incorpora a la herencia y será repartido por los herederos designados en el testamento. En caso de que este no exista, lo que determine la legislación. Puede darse la circunstancia de que uno de los beneficiarios fallezca antes que el asegurado o el tomador. Desaparece, por tanto, la figura del beneficiario y recae sobre el tomador del seguro, que podrá volver a designar beneficiarios si lo considera oportuno. ¿Tienes ya claro quién cobrará un seguro de vida?
Como puedes apreciar, no es difícil saber quién cobra el seguro de vida, pero teniendo claro cuáles son los conceptos que se asocian a este tipo de pólizas, ya habremos salido de toda duda.