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¿Puedo reclamar la comisión por descubierto en cuenta?

reclamar comision descubierto

Todos tenemos al menos una cuenta bancaria. En ella disponemos de nuestro dinero para poder utilizarlo en nuestra vida cotidiana. Sin embargo, hay momentos en los que los pagos se acumulan y los ingresos se retrasan. Es cuando se produce lo que se denomina un descubierto. Los bancos penalizan al cliente y cargan una cantidad económica en la cuenta por haber generado esa situación. Si te ha ocurrido alguna vez, debes saber que puedes reclamar la comisión por descubierto en cuenta bancaria. Es un proceso bastante sencillo y que te llevará solo unos minutos. Si deseas saber como hacerlo estos son los pasos que debes seguir.

¿Qué es un descubierto en cuenta?

Una situación que suele ser habitual en aquellas personas que no controlan del todo su situación económica. Es lo que antiguamente se denominaba como quedarse en números rojos, es decir, el saldo de la cuenta bancaria es negativo. Conviene resaltar que no todas las cuentas permiten a sus clientes esta situación. Si se va a cargar un recibo y no hay saldo suficiente, este directamente queda rechazado y se devuelve. La entidad emisora del recibo generalmente vuelve a intentar el cobro, y si no vuelve a haber saldo en la cuenta bancaria, la devolución se vuelve a producir.

Las entidades bancarias entienden que la situación de descubierto es negativa tanto para el cliente como para el propio banco, y eso es razón más que suficiente para aplicar lo que se denomina comisión por descubierto. Este importe es variable, ya que hay entidades que no penalizan de manera inmediata, pero otras generan un cargo bastante elevado, pudiendo alcanzar un coste próximo a los 50 euros.

Los bancos pueden cobrar los siguientes conceptos:

<strong>Intereses deudores</strong>

Son los que se aplican sobre el saldo que se ha quedado en negativo. Se calcula multiplicando ese saldo por el número de días de descubierto tácito y por el tipo de interés deudor que se haya pactado en el contrato.

<strong>Comisión de descubierto tácito</strong>

Es la que se cobra por entrar en el denominado descubierto tácito. Su cálculo es simple, se toma el mayor saldo deudor del período de liquidación y se le aplica un porcentaje. Nunca con una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero en los descubiertos tácitos.

<strong>Comisión por la reclamación del descubierto tácito</strong>

Si el descubierto tácito en cuenta se alarga un tiempo, el banco podrá repercutir esta comisión fija por las gestiones realizadas para reclamar al cliente el importe de los números rojos.

Lo que dice la ley

Las entidades bancarias están obligadas a publicar y comunicar al Banco de España el tipo de interés o recargo que van a aplicar en los descubiertos tácitos. Queda regulada en la orden EHA/2899/2011. En todo caso, también se da la posibilidad a que sean los propios bancos los que establezcan el tipo de comisión fija que van a aplicar. Es evidente que todo esto debe de quedar muy claro antes de que firmes tu contrato, cosa que habitualmente no suele hacerse. Leer la letra pequeña siempre nos cuesta, pero es interesante invertir algo de tiempo en resolver cualquier duda que tengamos, antes que firmar sin conocer qué se esconde detrás.

Pero la ley también arroja algo de luz para el consumidor. Esta orden ministerial EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, concretamente en su artículo 3, establece que sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”. 

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Es decir, se abre la posibilidad a que el consumidor pueda reclamar este tipo de comisión si estima que sus derechos han sido vulnerados. Generalmente, las entidades bancarias informan a los clientes de que la reclamación de estas cantidades es una batalla perdida. Lo que queda firmado, firmado está. Pero tienes todavía un as en la manga que te permitirá recuperar esas cantidades. ¿Deseas saber cómo puedes hacer que ese dinero venga de vuelta a tu cuenta bancaria? Así puedes reclamar una comisión por descubierto.

Cómo puedes reclamar un descubierto en cuenta

La primera opción suele ser acudir presencialmente a tu oficina, exponer la situación y expresar tu disconformidad con el cobro de estas comisiones. Puede llegar a funcionar, pero la respuesta que suelen dar los bancos es negativa, cerrándose en banda a aceptar tu solicitud. No te preocupes, nunca pierdas las formas ni insistas de nuevo de esa manera. Vas a perder tu tiempo que, a fin de cuentas, es lo más valioso que tienes.

La solución más efectiva pasa por preparar un escrito en el que reclames la devolución de estas comisiones cobradas. Y en ella, comenzarás con tus datos personales y tu condición de cliente del banco, reseñando además tu número de cuenta. Una vez que lo tengas, añadirás la exposición de motivos, en el que puedes apelar al artículo 87.5 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, además del artículo 89.3. En este sentido, debes apuntar que las comisiones por saldo deudor y por descubierto no se atienen a la legislación y que, por tanto, han de ser devueltas. Reseña las fechas en las que se ha aplicado la comisión y los importes.

Finaliza la carta solicitando la devolución a la cuenta bancaria a la cual se han aplicado las comisiones. Dato muy interesante, puedes reclamar todas las comisiones por descubierto en cuenta bancaria en un plazo anterior a seis años desde la última. Si ha sido algo recurrente en tu caso, vas a recuperar bastante dinero de golpe.

Último paso para reclamar un descubierto

Solicita al final de este escrito que estas comisiones se devuelvan en un plazo no superior a los 20 días. Firma la carta, haz 2 copias y adjunta fotocopia de tu DNI. Ahora, actúa de la siguiente manera:

  • Si la llevas en mano a tu entidad bancaria, es posible que se nieguen a cogerla y a darle registro de entrada. Recuerda que antes de sellar las dos copias y devolverte una a ti. Puedes perder bastante tiempo y encontrarte con una situación desagradable, a no ser que tengas bastante confianza con los empleados, es una forma que debes evitar.
  • Otra de las opciones, y quizás es la más recomendable, es que la dirijas al servicio de atención al cliente de tu entidad bancaria. En este caso solamente haz de introducir una copia y la fotocopia de tu DNI. Envíala por correo certificado, ya que se asegura la entrega. Aunque el envío tiene un coste cercano a los 5 euros, piensa que la cantidad que puedes recuperar puede merecer la pena.
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¿Se devuelven las cantidades cobradas?

Sí, los bancos devuelven las cantidades que se reclamen. Generalmente, suelen dar contestación al cliente por carta, informando de la nueva situación y de que se ha producido el abono. Comprueba en tu cuenta bancaria de que es así. Ahora bien, puede darse la situación de que el banco nos responda o que se niegue a abonar esta comisión, aunque no es lo habitual. Has de ser tú quien decidas qué hacer, lo más sensato es volver a enviar la carta reiterando tu deseo de que se devuelvan esas cantidades. O bien informar de tu deseo de no tener que judicializar este asunto, ya que para la entidad bancaria sería una batalla perdida. No pierdas la oportunidad de reclamar la comisión por descubierto.

¿Qué hacer para evitar el descubierto en cuenta?

Una buena planificación financiera es clave para evitar tener un descubierto en cuenta. Además de los inconvenientes asociados y el cobro de estas comisiones, si no solucionas ese descubierto en 90 días, lo más probable es que seas incluidos en un fichero de morosos. Por tanto, toma nota de estos consejos para evitar incurrir en esta situación tan desagradable.

  • Mira con frecuencia los movimientos bancarios, si percibes rápidamente que existe un descubierto y solucionas esa situación, la entidad bancaria no actuará.
  • Trata de crearte un colchón económico en forma de ahorro. Bien puede ser en una cuenta separada o de la forma que elijas, pero en el caso de algún imprevisto, podrás solucionar ese inconveniente tan pronto como sea posible.
  • Una simple hoja de cálculo te ayudará a controlar todos tus movimientos. Destaca con algún tipo de aviso en tu teléfono móvil aquellos pagos que debas realizar y que sean extraordinarios, como los seguros. De esta manera, podrás llevar un control mucho más exhaustivo.
  • Si has de solucionar el pago del descubierto de forma inminente, también puedes echar mano de un préstamo rápido. De esta manera, consigues arreglar esa situación de manera inmediata. No olvides tus obligaciones con los plazos para abonar el préstamo, pero la rapidez con la que se concede esta financiación hace que sea un instrumento muy interesante.

Ahora ya sabes que puedes reclamar cualquier comisión por descubierto en cuenta corriente. Para nada tienes la batalla perdida. Si piensas que se están vulnerando sus derechos como consumidor de productos bancarios, elabora tu escrito y preséntalo a la mayor brevedad posible en el servicio de atención al cliente de tu entidad bancaria. Comprobarás como al cabo de poco tiempo se te han retornado estas comisiones.

Jeanne Lefevre
Jeanne Lefevre
Especialista en préstamos online y financiación. Licenciada en Finanzas y Contabilidad por la Universidad Complutense de Madrid con un Máster en Finanzas por la IE Business School.

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